- * El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le da la razón al INE al considerar que el morenista sí fue precandidato de Morena e incurrió en una omisión al no presentar su informe de gastos de precampaña
- *Sin embargo, le ordena analizar, otra vez, si la sanción que le aplicaron al cancelarle su registro como candidato a gobernador es la correcta
Jesús Saavedra
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) devolvió este viernes al Instituto Nacional Electoral (INE) el caso de Félix Salgado Macedonio para que valore, de nueva cuenta, si procede o no la cancelación de su candidatura a gobernador de Guerrero.
Los magistrados electorales aprobaron por mayoría la propuesta presentada por Reyes Rodríguez Mondragón y revocaron parcialmente la sanción que impuso el Consejo General del INE a cuatro precandidatos de Morena y le dieron un plazo de 48 horas a los consejeros electorales para que determinen si mantienen la decisión de cancelar la candidatura a gobernador de Félix Salgado Macedonio e impedidos para ser candidatos a Adela Román Ocampo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto.
En sesión pública, después de una larga discusión, los magistrados electorales aprobaron remitir el caso de Salgado Macedonio al INE, al que le dieron la razón al considerar que el morenista sí fue precandidato e incurrió en una omisión al no presentar su informe de gastos de precampaña, pero estimaron que corresponde al árbitro electoral analizar otra vez si la sanción que le aplicaron es la correcta.
Puntualizaron que en caso de que el INE ratifique la pérdida de la candidatura del morenista al gobierno de Guerrero, entonces deberá establecer los lineamientos a seguir para la sustitución del candidato de Morena.
La Sala Superior también determinó que los consejeros electorales deben revisar, analizar e individualizar las sanciones que le impuso a Morena y a los demás aspirantes a la candidatura guerrerense.
“La sanción consistente en la pérdida del registro no puede ser aplicada de manera categórica, sino que hay que analizar las circunstancias objetivas y subjetivas de cada precandidato para posteriormente determinar la infracción. La autoridad administrativa (INE) deberá emitir una nueva resolución en la que pondere las circunstancias de cada caso”, se indicó.
Es decir, los integrantes del INE deberán evaluar la inhabilitación de participar en otras competencias aplicada a Adela Román Ocampo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto, si ello fue proporcional conforme a la falta.
De acuerdo con la sentencia, el INE tendrá 48 horas a partir de recibir la notificación de TEPJF para emitir una nueva resolución, la cual podría ser impugnada nuevamente.
Rodríguez Mondragón indicó que el INE “siguió el debido proceso durante la investigación de los sujetos sancionados, las personas tenían el carácter de precandidatos y estaban obligados a presentar informes de precampaña”.
Dijo que habían sancionado “adecuadamente a Morena” pero que en el caso de las sanciones a los 4 precandidatos, “cada precandidatura en lo individual amerita una respuesta y debe tener proporcionalidad la sanción con la falta que cometieron”, precisó,
El magistrado ponente de la sentencia sostuvo que la sanción impuesta de la cancelación de la candidatura de Salgado Macedonio y de negarles el registro a los otros tres precandidatos, “es una sanción constitucionalmente aceptable”, pero que ahora a los consejeros del INE les corresponde analizar cada caso e imponer la sanción correspondiente.
La expresidenta del TEPJF, Janine Otálora Malassis, subrayó en su intervención que la Ley Electoral “es muy clara y si un precandidato incumple presentar dentro del plazo su informe financiero de precampaña y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna no podrá ser registrado como candidato, los precandidatos que sin haber obtenido la postulación serán sancionados en los términos establecidos”.
Señaló que en este caso “el bien jurídico tutelado por la norma es el principio de rendición de cuentas, por eso debe sancionarse los gastos de precampaña; si quien omite presentarlo es el precandidato la sanción establecida es una amonestación pública, multa económica o pérdida de la posibilidad del registro”.
Consideró que ahora los consejeros del INE deben de “graduar la sanción, la omisión de presentación del informe es una acción grave, sin embargo la sanción debe ser justa y preciada”, pero sostuvo que en el caso de Salgado Macedonio “se actualiza el supuesto que si salió vencedor no podrá ser registrado como candidato, es decir que en el presente caso se está en una omisión grave de la persona que ganó el procedimiento interno de selección del candidato a gobernador”.
Precisó que no puede considerarse que hizo una presentación extemporánea, ya que su informe de gastos de precampaña lo hizo llegar al INE apenas tres días antes de que se concluyera el proceso de fiscalización, lo que implica que ya no es válido para que se le fiscalice.
Otálora Malassis subrayó que el derecho a ser votado no es absoluto, por lo que en su calidad de precandidato Salgado Macedonio está obligado a cumplir con la ley.
El magistrado, Indalfer Infante González señaló que estaba de acuerdo con el proyecto en general, pero que no compartía la determinación que la Comisión de Fiscalización del INE a través de la Unidad Técnica Financiera debió de garantizar la audiencia de los sujetos sancionados, “no omitió de prevenir a Morena de presentar sus errores u omisiones, justificando que la autoridad no tenía obligación de notificar directamente al precandidato, hay acuerdo de la Comisión de Fiscalización una serie de lineamientos y actuar en esos supuestos, se debió notificar, la sanción más grave es contra el candidato y no contra el partido que es el responsable”, y aunque se reservó el voto concurrente en estos aspectos, apoyó en lo general el proyecto de resolución.
La magistrada Mónica Soto Fregoso se sumó la defensa del proyecto de resolución y coincidió que las sanciones previstas en la ley para estos casos, “no caben ser aplicadas de forma automática o categórica en todos los casos es necesario atender los bienes tutelados y que se desglosen en cada caso en particular”, aseveró.
De los 7 magistrados, sólo el presidente José Luis Vargas Valdez votó en contra del proyecto y afirmó que en el caso de Guerrero “la autoridad injustamente desestimó que el partido hizo llegar los informes desestimados” y consideró que con ello hubo una “violación del debido proceso porque no se les notificó desde un principio que estaban siendo requeridos para que presentarán sus informes financieros”.
Los magistrados avalaron por mayoría la resolución de este juicio electoral y establecieron que a partir de la notificación, el Consejo General del INE deberá de individualizar las sanciones a Félix Salgado Macedonio, Adela Román Ocampo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto, pero no se descarta que sostengan su primera resolución, es decir cancelar la candidatura a gobernador, pero sugieren abrir la posibilidad de un nuevo registro que sustituya a Salgado Macedonio.