• El órgano jurisdiccional desechó impugnaciones presentadas por el PRI y el PRD al acuerdo aprobado el 14 de agosto por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana

Jesús Saavedra

Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) aprobó confirmar el calendario del proceso electoral ordinario de gobernador, presidentes municipales y diputados locales que aprobó el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) el 14 de agosto pasado.

Ese acuerdo fue impugnado en un recurso de apelación que interpusieron por separado los representantes del PRI y PRD ante el IEPC, quienes alegaba que carecía de fundamentación y motivación, además que violaban los principios de legalidad y certeza del proceso electoral.

En su ponencia, la magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz consideró que los argumentos del recurso de apelación eran “infundados e inoperantes”, pues el IEPC sólo aprobó un acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) para determinar los términos de precampañas en las 32 entidades del país.

Al final, los cinco magistrados del TEE aprobaron por unanimidad el proyecto de resolución presentado por Delgado Brito y confirmaron el acuerdo del Consejo General del IEPEC que se aprobó el 14 de agosto pasado.

En otro asunto, también por unanimidad los magistrados del TEE desecharon una petición del representante de Morena ante el IEPC, Isaac Cruz Rabadán, quien solicitaba que se iniciará un procedimiento especial sancionador contra el diputado local y presidente estatal del PRD, Alberto Catalán Bastida.

El representante de Morena considera que Catalán Bastida y el PRD están incurriendo en una promoción personalizada y probables actos anticipados de precampaña con la colocación de espectaculares en Chilpancingo con el pretexto de su segundo año de actividades legislativas.

Cruz Rabadán señaló que se están haciendo “uso indebido de recursos y actos anticipados de campaña o precampaña”, pero en la resolución que fue avalada por unanimidad del pleno del TEE, consideraron la “inexistencia de esas acusaciones, no había 7 espectaculares, sólo 1 y no reúne los requisitos legales de una promoción personalizada con fines electorales”.

“Es inexistente la violación a la normatividad atribuidas al diputado, Alberto Catalán Bastida y al PRD”, determinaron los magistrados.

En otro asunto en la sesión de este martes, el TEE ratificó también por unanimidad el reglamento de ratificación de presidencias y secretarías de los 28 Consejos Distritales que aprobó el Consejo General del IEPC y que estaba impugnando Morena.

Además en la sesión el TEE desechó un recurso de apelación que interpuso Morena también contra el acuerdo que establece los lineamientos de registro de candidaturas en el proceso electoral ordinario 2020-2021 que aprobó el Consejo General del IEPC.

En otro punto los magistrados también aprobaron por unanimidad un convenio con Cesar del Ángel Organista, en donde se establece la conclusión de la relación laboral de esta persona y el TEE, por lo que se elevó a categoría de laudo el convenio y se determinó como un asunto concluido.