• *Se trata de adicionar diversas disposiciones al Código Penal de Guerrero

Gilberto Guzmán

El diputado Marco Antonio Cabada Arias (Morena) presentó una iniciativa de adición al Código Penal del Estado de Guerrero para castigar con cadena perpetua a quien cometa el delito de homicidio contra menores de 12 años, con las agravantes de acción despiadada o extrema crueldad, y de igual manera para quien cometa violación en contra de menores de 15 años.

En la sesión del Congreso del Estado de este jueves, el diputado señaló que cadena perpetua significa que el sentenciado deberá pasar el resto de su vida recluido en prisión, sin importar su edad, y como no hay años fijos de condena, tiene que terminar hasta el último de sus días en una prisión.

Aclaró que la cadena perpetua no es anticonstitucional puesto que no está estrictamente establecido como tal, y citó el artículo 14 constitucional: “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho”.

“Por lo que no existe tal prohibición y los tribunales en el Estado y en el País pueden asignar la sanción de cadena perpetua sin atentar contra nuestra Carta Magna”, indicó Cabada.

Incluso dijo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, en el marco de la constitucionalidad y de un tratado de extradición, aceptar que una persona se trasladara a la nación que la juzgaría, en donde la prisión vitalicia pudiera ser una opción altamente probable.

Recordó que el 25 de diciembre del 2003, México firmó el Protocolo de Palermo o la Convención de Palermo, para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y determina en su artículo 34.3, que los Estados suscriptores serán libres de determinar penas consideradas como “más estrictas”, con la finalidad de limitar la delincuencia organizada.

Expuso que en México la tasa de violación de niñas y niños es de 1,764 por cada 100 mil, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Además, 5 mil de cada 100 mil sufren tocamientos. De entre los casos denunciados, se encuentran los delitos sexuales, donde las cifras suman 1,530 casos de abuso en tan solo un mes, dando una estadística en promedio de 51 mujeres agredidas sexualmente por día, dejando un margen de cifra negra en el que se desconoce a las víctimas y sin añadir a todas aquellas que guardan y/o guardaron silencio por miedo a represalias.

Destacó el reciente caso de la pequeña Fátima Cecilia Aldrighett Antón, quien desapareció el 11 de febrero cuando esperaba a su madre al salir de clases y una mujer se la llevó, y el sábado 15 su cuerpo sin vida apareció, víctima de violación y golpes antes de morir, según la Fiscalía de la Ciudad de México.

Citó otros casos como el de la adolescente Jakeline Ramírez, asesinada en el municipio de Coyuca de Benítez, presuntamente por policías municipales; y el de una niña de entre tres y cinco años, cuyo cuerpo desnudo y con huellas de violencia fue localizado recientemente en medio de cultivos de rosas cerca de la autopista del sol, en las inmediaciones de Temixco, Morelos.

El diputado dijo que estos crímenes cada vez son cometidos con extrema crueldad, saña y de forma despiadada, por delincuentes cada vez más enfermos, por lo cual es necesario, oportuno e impostergable establecer la cadena perpetua en el sistema penal de impartición de justicia para el caso de estos delitos.

“Por ello se pretende legislar respecto a la violación y el homicidio infantil, cuando este se comete con saña, acción despiadada y extrema crueldad”, indicó el diputado.

En la iniciativa se propone adicionar el artículo 137 Bis al Código penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero, para quedar como sigue:

“Artículo 137 Bis. Homicidio a menores. Se impondrá cadena perpetua cuando el delito de homicidio sea cometido a menores de 12 años con las agravantes previstas en las fracciones VII, VIII y IX del artículo 147 de este código de Guerrero”.

Además, se propone adicionar las fracciones VIII y IX del artículo 147 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero para quedar como sigue:

“Artículo 147. I. VII. FRACCIÓN VIII. Acción despiadada. Cuando el agente comete el hecho sin muestra de pena o compasión por el sufrimiento ajeno, o que no tiene naturalmente este sentimiento”.

La “FRACCIÓN IX. Extrema Crueldad. Cuando el sujeto realiza la acción deshumanizada con el fin de causar dolor y sufrimiento perjudicial, para su satisfacción”.

Además, adicionar un párrafo al artículo 178 del Código Penal local para quedar como sigue:

“Artículo 178… Se impondrá la pena de cadena perpetua a quien cometa violación en contra de menores de 15 años con las agravantes previstas en las fracciones VII, VIII y IX del artículo 147 de este código.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su trámite legislativo.