• El gobierno intenta transferir a los padres de familia su responsabilidad patrimonial como Estado ante cualquier afectación o daño que sufran los menores que asistan a las aulas.

Redacción

La carta de corresponsabilidad que la Secretaría de Educación Pública pide a padres de familia firmar para el regreso a clases, sería un intento de deslinde del gobierno federal para no cumplir con la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, que tiene por objeto “reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños”.

De acuerdo con información publicada por la periodista Surya Palacios en el portal Alto Nivel, el gobierno que encabeza el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien el viernes pasado afirmó que “hay que correr riesgos” en el regreso a clases presenciales, pretende lavarse las manos, y no precisamente con jabón o gel antibacterial por la pandemia de Covid-19, sino porque en el próximo regreso a clases, programado para el 30 de agosto, a través de una “carta compromiso de corresponsabilidad” intenta transferir a los padres de familia su responsabilidad patrimonial como Estado ante cualquier afectación o daño que sufran los menores que asistan a las aulas.

Anunciada el jueves por la secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez Álvarez, la carta de aceptación mencionada, lejos de ser uno de los tres filtros sanitarios que deberán pasar los educandos a su llegada a la escuela, en realidad es la forma en la que, jurídicamente, el gobierno pretende evitar las demandas de indemnización que podrían promoverse en caso de que los alumnos se contagien de Covid-19 en los centros educativos.

Si bien la titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP) mencionó en la conferencia matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador que el regreso a clases “sería voluntario”, hasta ahora ni la funcionaría ni esa dependencia han detallado dos aspectos básicos que deben considerarse antes del inicio del ciclo escolar:

¿Quién será el responsable en caso de que se genere un foco de contagio de Covid-19 en las escuelas?

¿Qué pasará con la educación de los niños y jóvenes cuyos padres decidan no llevarlos a clases presenciales?

La respuesta a la primera pregunta se responde parcialmente con el requisito ya anunciado de la carta de corresponsabilidad, pues en el hipotético caso de que un menor se contagie de Covid-19 en el centro educativo y, pensando en el peor escenario, fallezca o sobreviva con alguna secuela de gravedad, los responsables “voluntarios” serán los padres de familia y no el Estado mexicano, gracias a la mencionada misiva que -en contraste- será obligatoria a fin de que los menores puedan entrar a la escuela.

 

Incumplimiento de la ley

La carta en cuestión puede considerarse como las “letras chiquitas” de los contratos abusivos, aquellas que usualmente no se leen por los firmantes, o se expresan en términos inocentes u incomprensibles para la población en general.

La realidad es que se trata de un intento de deslinde del gobierno federal para no cumplir con la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, que tiene por objeto “reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado”, de acuerdo con el artículo 1 de esa norma.

La actividad administrativa irregular es la que se genera cuando un ente del Estado, como lo puede ser la SEP, cause daño a los bienes y derechos de los particulares, siempre y cuando estos no tengan la obligación jurídica de soportar, como lo sería enfrentar daños a la salud, que ponen en riesgo la vida, en el caso de que se dé un contagio de Covid-19 en las escuelas.

Por eso se pedirá a todos los alumnos que acudan a clases la “carta compromiso de corresponsabilidad”, para que -en caso de algún daño- el Estado pueda evadir su responsabilidad patrimonial argumentando que los menores estarán en los centros educativos de manera voluntaria, bajo la responsabilidad de sus padres que, también voluntariamente, no solo los llevaron al plantel, sino que firmaron una carta asumiendo dicha responsabilidad.

Por eso se trata de una “carta de aceptación”, tal y como la mencionó la secretaria Delfina Gómez, porque -jurídicamente hablando- los padres y/o tutores aceptarán una obligación jurídica con la que se elimina el principal supuesto de la responsabilidad patrimonial del Estado.