El organismo solicitó al director nacional Mario Zenteno “deslindar responsabilidades” por la actuación de 3 trabajadores de ese nosocomio que “provocaron la muerte” de dos gemelos en 2019

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Pedro Mario Zenteno Santaella, en contra de seis trabajadores de esa institución por haber incurrido en “negligencia médica y deficiencia en el servicio, que provocaron la muerte” de dos gemelos en el 2019. Se trata de un caso de una mujer de Chilpancingo y la recomendación se emitió para deslindar responsabilidades contra 3 servidores públicos la Clínica de Chilpancingo, Guerrero y 3 más del Hospital ‘Centenario de la Revolución Mexicana’ de Cuernavaca, Morelos, quienes “incurrieron en omisiones que impidieron la atención adecuada de la víctima y violaron los derechos humanos a la protección a la salud, al interés superior de la niñez, a la vida y al acceso a la información en materia de salud de la madre y los gemelos”, señala esa resolución de 41 hojas que se puede consultaren la página de la CNDH.

Se trata de la recomendación 132/2022 dirigida a Zenteno Santaella y además se remitió ese documento al Ministerio Público para el deslinde de responsabilidades penales. En la recomendación indican que la madre de los dos gemelos fallecidos, acudió a una revisión de rutina con un médico particular el 12 de agosto del 2019 y quien ante lo complicado del parto y el estado de los productos, indicó la atención de la paciente en un hospital de tercer nivel. La derechohabiente acudió a un Hospital Básico Comunitario, donde le practicaron un ultrasonido obstétrico general y se diagnosticó una taquicardia fetal en uno de los gemelos, por lo que ingresó al Servicio de Urgencias de la Clínica Hospital de Chilpancingo, donde le informaron que no había ginecólogo ni Unidad de Cuidados Intensivos Neonatal (UCIN), por lo que la refirieron al Hospital General de Acapulco, ahí la estabilizaron y le cedieron el alta médica el 13 de agosto.

El 14 de agosto se presentó nuevamente en la Clínica de Chilpancingo, de donde la enviaron al Hospital “Centenario de la Revolución Mexicana”, pues el embarazo gemelar tenía amenazas departo prematuro; pero, al no haber respuesta para ser ingresada, le dijeron que le llamarían para informarle cuándo sería recibida, “ante la ausencia de noticias, la víctima se presentó los días 15 y 16 de agosto en espera de una respuesta favorable. Finalmente, el 16 de agosto ingresó a Urgencias de la Clínica Hospital de Chilpancingo para un chequeo por presión alta. Una vez estabilizada se le dio de alta, aunque por correo electrónico se solicitó su atención en el Hospital de Cuernavaca o en el Hospital de General de Puebla, quienes negaron el servicio por no contar con espacio en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatal”.

Indicaron que el 19 de agosto ingresó de nuevo a la Clínica de Chilpancingo, “donde uno de los bebés no presentaba frecuencia cardiaca y el otro tenía frecuencia cardiaca baja. La paciente fue intervenida quirúrgicamente y se extrajo a un producto sin vida y el otro con dificultades para respirar, por lo que se procuró reanimarlo con aparatos, sin tener éxito. Cabe señalar que el 19 de agosto, cuando la paciente estaba internada en Chilpancingo, se le informó que la habían aceptado en el Hospital “Centenario de la Revolución Mexicana” del estado de Morelos para su intervención el 20 de agosto a las ocho de la mañana, pero fue una respuesta tardía que derivó en la muerte de los gemelos”.

Por ello la CNDH concluyó que “al menos tres personas servidoras públicas (de la Clínica de Chilpancingo) incurrieron en negligencia médica al no canalizar a la víctima a un hospital de tercer nivel, ni retenerla en la Clínica Hospital para monitorearla hasta su ingreso a un nosocomio especializado. Las autoridades responsables afectaron el derecho a la salud, a la integridad personal y el interés superior dela niñez en agravio de los gemelos al haberlos colocado en una situación de franca vulnerabilidad ante el riesgo inminente que provocó la pérdida de la vida”, además de 3 servidores públicos del Hospital de Cuernavaca también incurrieron en responsabilidades por no atender diligentemente el caso.

En la recomendación, la CNDH puntualiza que “el propio Comité de Quejas Médicas y Reembolsos del ISSSTE reconoció la existencia de deficiencia médica y administrativa de sus servidores públicos. Asimismo, la dependencia federal incurrió en responsabilidad institucional por no dar respuesta oportuna a las solicitudes reiteradas de atención en el Hospital “Centenario de la Revolución Mexicana”.

Por ello demandaron al director general del ISSSTE que inscriba a las personas agraviadas en el Registro Nacional de Víctimas y se proceda a la inmediata reparación del daño que incluya una compensación justa. Asimismo, deberá dar atención psicológica y tanatológica gratuita a los padres de los menores fallecidos y colaborar con el Órgano Interno de Control en ese instituto a fin de dar seguimiento del procedimiento administrativo que se realice en contra del personal que incurrió en las violaciones a los derechos humanos señaladas en la presente recomendación”, de las cuales no se proporcionan sus nombres.