Fernando Hernández
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) perdonó una serie de multas al Partido Movimiento Ciudadano (MC) impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) que ascienden a 725 mil 759.5 pesos por irregularidades detectadas durante el proceso electoral de gobernador, diputados locales y ayuntamientos de 2015.
La corte electoral consideró que el partido no cuenta con la suficiente capacidad presupuestal para pagar las sanciones impuestas por el INE debido a que en agosto del año pasado el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) impuso sanciones financieras contra el instituto político mediante las que tenía que regresar un millón 135 mil 431.96 pesos, además de un multa por 61 mil 452 pesos.
El pasado 5 de octubre el Trife aprobó la Sentencia SUP-RAP-433/2015 -cuyo proyecto fue presentado por el magistrado Pedro Esteban Penagos López- en la que se deja sin efectos las sanciones impuestas contra MC por el INE en la Resolución INE/CG783/2015 de las irregularidades en la que incurrieron los partidos políticos en las pasadas elecciones.
Para condonar las multas el magistrado que promovió el proyecto de sentencia consideró que el Consejo General del INE no tomó en cuenta la “verdadera capacidad financiera” del partido que postuló como candidato a gobernador al empresario gasolinero, Luis Walton Aburto.
A decir del magistrado Pedro Esteban Penagos el INE no atendió, “no atendió a la verdadera capacidad económica del partido recurrente, ya que sólo tomó como parámetro el financiamiento público local otorgado por el ejercicio de 2015; por otro lado, como se constató, no se consideraron las sanciones previas impuestas por la autoridad electoral local con motivo de la revisión de los informes anuales sobre la aplicación de los recursos ordinarios para las actividades ordinarias permanentes y específicas, otorgado a Movimiento Ciudadano para el ejercicio fiscal de 2014”.
“Ahora bien, se afirma que le asiste la razón al partido político recurrente, porque en la individualización de las sanciones, debe considerarse, entre otros elementos, la verdadera capacidad económica del sujeto infractor a fin de que la sanción resulte proporcional, y en el caso, como se evidenció, no se consideraron las sanciones previamente impuestas al recurrente”, se indica en la sentencia.
Ahora el INE tendrá que emitir una nueva resolución en la que se impongan sanciones que tomen en cuenta la verdadera capacidad financiera del partido considerado la tercera fuerza política en la entidad.