* Victoriano Sánchez, exsubsecretario de Asuntos Jurídicos, le recordó que como presidente municipal tiene la responsabilidad de prevenir los delitos y que de no hacerlo, puede ser sujeto a juicio político

 

Redacción

 

Después que el alcalde de Acapulco, Evodio Velázquez Aguirre, pretendió eludir tener responsabilidad en el tema de combate a la delincuencia organizada, argumentando que esa actividad no forma parte de sus atribuciones legales, el exsubsecretario de Asuntos Jurídicos, Victoriano Sánchez Carbajal, le recordó al primer edil porteño que está obligado constitucionalmente a prevenir toda clase de delitos en el municipio que gobierna.

En entrevista radiofónica con Capital Máxima, el también ex presidente del Colegio de Abogados del Estado de Guerrero dijo que la Constitución Política del Estado de Guerrero es muy clara en lo que se refiere a las atribuciones de los presidentes municipales, y una de esas responsabilidades es prevenir la comisión de delitos, y que en caso de no hacerlo, cualquier ciudadano puede solicitar juicio político en contra de aquel alcalde o servidor público que no cumpla sus obligaciones.

Agregó que “esto no debe espantarnos de ninguna manera, simple y sencillamente son derechos y obligaciones que están en la constitución, que nosotros como ciudadanos debemos de cumplir lo que nos corresponde, respetar el estado de derecho, y los alcaldes como autoridades también cumplir con aquello a que se encuentran obligados tanto como por la constitución federal como por la constitución del estado”.

Velázquez Aguirre dijo el martes pasado que “yo no puedo meterme a combatir al crimen organizado, no es mi papel; que quede claro, no es mi papel. El papel es de otras instancias de gobierno”, reiteró en un intento por evadir su responsabilidad en la ola de violencia que ha dejado una estela de muerte en Acapulco en los días recientes.

Al respecto, Sánchez Carbajal advirtió que al alcalde porteño “no le exime su responsabilidad su simple dicho, sino que en materia, por ejemplo del narcomenudeo, compete a las autoridades locales su prevención, luego entonces, no es excusa señalar que no tiene la capacidad, sino que es una obligación, porque además establece la Ley Orgánica del Municipio Libre que señala que es obligación primero del presidente municipal tener bajo su mando la policía preventiva y segundo, preservar la paz y la tranquilidad en el territorio de su municipio”.

Dijo que los tres niveles de gobierno tienen “una obligación compartida” y de coordinarse en materia de dar seguridad a los ciudadanos.

Recordó que los alcaldes están obligados por la Constitución “a preservar la paz y la tranquilidad dentro de su territorio” y consideró que “debemos hacer un exhorto como ciudadanos, a que las autoridades cumplan con sus obligaciones constitucionales porque no es un regalo, es un derecho que tenemos de ser protegidos dentro del territorio del municipio donde nos desenvolvamos”.