La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) multó a Morena por proyectar un promocional con la imagen de Félix Salgado Macedonio cuando ya no era el candidato a la gubernatura de Guerrero.
En sesión de este jueves, los magistrados consideraron que la responsabilidad de Morena era sustituir el spot denominado “Félix Salgado Gobernador” con la finalidad de no desinformar a la ciudadanía guerrerense porque la autoridad electoral había determinado cancelar su candidatura.
Al no acatar la resolución, “el partido denunciado se alejó de la finalidad de la campaña y propaganda electoral en detrimento de la certeza que se debe dar a la ciudadanía, por lo que se le sancionó con una multa“, expuso el TEPJF.
El pasado 27 de abril, el TEPJF ratificó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de retirar la candidatura de Félix Salgado Macedonio a la gubernatura de Guerrero por no haber presentado a tiempo el informe de gastos de precampaña.
Ante ello, el partido decidió nombrar a Evelyn Salgado, hija de Salgado Macedonio, como candidata a gobernadora por Morena, lo que le generó críticas que ella atajó al asegurar que su padre no será quien gobierne el estado en caso de ganar la contienda por la gubernatura.
“No me llamo ‘Juanita’, me llamo Evelyn Salgado Pineda”, respondió al ser cuestionada por medios de comunicación durante el arranque de su campaña.
Además, la misma Sala Especializada multó con 224 mil 50 a Morena por proyectar spots relacionados con el COVID 19 indebidamente en medios electrónicos.
En sesión pública no presencial, la sala precisó que las frases generaron confusión en la ciudadanía, pues si lo que el partido pretendía era ayudar a la difusión de medidas preventivas ante la pandemia, tendría que renunciar por escrito a su prerrogativa, establecer el tipo de pauta e indicar la porción de promocionales cedidos, entre otras acciones.
Sin embargo, los magistrados precisaron que en los promocionales no se advierte un llamado expreso al voto a favor o en contra de candidatura o partido alguno, razón por la que se declaró la inexistencia de los actos anticipados de campaña.
El asunto se aprobó por unanimidad, con el voto concurrente de la magistrada Gabriela Villafuerte Coello, quien destacó que Morena difundió 105,608 spots relacionados con el COVID-9, por lo que proponía duplicar la multa, dado que, desde su óptica, el tema de la pandemia era “tierra fértil para el clientelismo electoral y coacción de voto”.