Jesús Saavedra

Por unanimidad los magistrados del Tribunal Electoral del Estado (TEE) ordenaron a la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria del partido Movimiento Ciudadano (MC) dar respuesta a las quejas de sus militantes Claudia Lobato Méndez y Lizbeth Gómez Bautista, quienes se quejan de haber sido removidas de los lugares en los que se registraron para ocupar una diputación por la vía plurinominal, para lo cual a una de ellas le falsificaron su firma en una supuesta renuncia a esa aspiración.

En la sesión del pleno de este martes del TEE analizaron el juicio electoral ciudadano que interpusieron las militantes de MC, Claudia Lobato Méndez y Lizbeth Gómez Bautista en contra de la Comisión en mención, a la que acusan porque no atendió las quejas que interpusieron ante ese órgano interno y fueron desechadas sin un argumento sólido.

Las dos militantes de MC se quejan porque sin ninguna justificación fueron removidas de la posición 2 en la que se registraron como aspirantes a una candidatura a una diputación local por la vía de representación proporcional, y que incluso en el caso de Gómez Bautista presentaron por escrito una renuncia con una firma falsa.

Explicaron en su queja ante el TEE que esa Comisión de su partido no les dio una respuesta con argumentos sólidos a sus agravios, en lo cual concordaron los magistrados, quienes ordenaron a ese órgano de MC que emita una “una nueva resolución y respeten la garantía de audiencia tomando en cuenta las medidas sanitarias”.

En la sesión de este martes también los magistrados desecharon los juicios electorales ciudadanos, por presentarlos de manera extemporánea y por no estar debidamente fundamentados sus quejas, de Francisco Javier Valladares Quijano, Juan Loza Solís, Alejandro Sánchez Garcia, Abel García Lara y Alejandro Velázquez Vázquez, en contra del Consejo General del IEPC-Guerrero.

Los ciudadanos en mención no estaban de acuerdo con la resolución del Consejo General de los resultados del concurso para plazas de trabajo como Analistas de Informática, Analistas Jurídicos y Analistas de Organización Electoral.

En la sesión se declaró improcedente la solicitud del aspirante a candidato a gobernador por la vía independiente, Héctor Manuel Popoca Boone, para que se repusiera una sentencia emitida el pasado 12 de enero en la que por error se anotó otra fecha de emisión. “Fue un error involuntario que no afecta la motivación y fundamentación de la sentencia”, señalaron los magistrados.

Los magistrados además acordaron declarar inoperantes e infundados los agravios de su escrito de queja de Carlos Alberto Robles Davalos, representante de Morena en el Consejo Distrital 02 de Chilpancingo deI EPC-Guerrero.

El representante de Morena presentó un recurso de apelación contra el acuerdo por el que se aprueba la contratación del personal como Analista de Organización Electoral, Jurídico y de Informática. “Se confirma el acuerdo porque de acuerdo al análisis y estudio del asunto no infringieron normatividad alguna”, resolvieron.

También desecharon las impugnaciones de Juan Carlos Farias Chávez y Francisco Javier Valladares Quijano, quienes se inconformaron por los resultados del concurso de plazas de Analista Jurídico, de Informática y de Organización Electoral en los Consejos Distritales 11 y 23 del IEPC-Guerrero.