* Erika Valencia, legisladora de Morena, presentó iniciativa para reformar el Código Penal del Estado al tipificar “lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género”

Carlos Navarrete

La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género en el Congreso local, Erika Valencia Cardona, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado en la que plantea castigos de hasta con nueve años de cárcel a quienes lesionen a una mujer por cuestiones de género.
La propuesta pide modificar el artículo 140 del Código Penal, que actualmente hace referencia a “lesiones por condición de género”. Al respecto, la diputada de Morena propone modificar esa redacción y quede como “lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género”.
Propone también una sanción de entre seis y nueve años de cárcel a quien cause lesiones a una mujer, en razón de su género, así como una multa de 200 a 500 días de salario mínimo vigente al momento de cometerse el delito.
En su propuesta, Valencia Cardona establece que se considerará que existen razones de género en las lesiones cuando éstas sean infamantes, degradantes o una mutilación; que sean provocadas mediante el empleo de ácidos o sustancias corrosivas o cualquier otra nociva para la salud; o cuando consistan en la mutilación parcial o total de los genitales externos femeninos o mamas, así como lesiones de los órganos genitales femeninos por motivos no médicos.
De igual forma se considerarán lesiones por razón de género cuando, previo a la agresión, existan datos que establezcan que hubo amenazas, acoso o violencia del agresor en contra de la víctima; también si entre el agresor y la víctima existió una relación sentimental, afectiva o de confianza, parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, “y se acredita que en virtud de esa relación fueron infringidas las lesiones”.
Otra de las modificaciones que la legisladora de Morena promueve es al artículo 202 del mismo código, que hace referencia a la violencia de género. Al respecto, se plantea agregar un párrafo para especificar que cuando la violencia de género se cometa en contra de una mujer, la pena al agresor aumentará hasta en una tercera parte.
En su exposición de motivos, la diputada explicó que es necesario tipificar un tipo penal autónomo para sancionar las conductas violentas y lesiones que se cometen contra mujeres, porque el término de “lesiones y violencia por razón de género” también considera como víctimas a los hombres.
“Los hombres, ejercen violencia, lesiona e incluso privan de la vida a las mujeres por diversos motivos: cosificación, posesión, celos, odio, placer, erotismo. La violencia resulta un instrumento de poder clave para someter y subordinar a las mujeres, es decir, previo al feminicidio, se da primero la violencia, seguido de lesiones, por lo que es urgente se tipifique de forma clara y contundente la violencia y lesiones contra las mujeres por razón de género”, se lee en la exposición de motivos de la iniciativa.
Valenzo Cardona refirió que la segunda causa de mortandad en 2018 para mujeres de entre 15 y 24 años, de acuerdo al Instituto Nacional de las Mujeres, son las agresiones, dentro de las cuales se computa el feminicidio, reportando el 11.8% del total de las muertes en esa categoría.
“Debemos reconocer que existe una imperiosa necesidad de ampliar la política criminal activa hacia la tipificación penal de conductas de violencia contra la mujer”.