* El órgano jurisdiccional advirtió a los diputados de Guerrero que si no acatan este mandato, se les aplicará una multa económica a cada uno de ellos que deberán pagar con sus propios recursos

Carlos Navarrete

La Sala Regional de Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le ordenó por segunda ocasión al Congreso local que, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles, reinstale a Marco Antonio Leyva Mena en el cargo de presidente municipal de Chilpancingo, y advirtió que en caso de incumplir este mandato habrá sanciones económicas a los diputados.
El jueves, el órgano jurisdiccional declaró fundado otro incidente de incumplimiento de sentencia promovido por Leyva Mena en contra del Congreso local, luego de que el Legislativo no lo reinstalara como se lo mandató la Sala Regional en la sentencia del 24 de mayo, que debió cumplirse dentro de los cinco días hábiles posteriores a su notificación.
En el acuerdo de emitido este jueves, por el que se declaró fundado el incidente, la Sala Regional explica todo el procedimiento legislativo que el Congreso le ha dado al caso de Leyva Mena a partir de la sentencia del 24 de mayo.
En la descripción de esa cadena de trámites, se recuerda que el 4 de junio la Sala Regional le ordenó al Congreso presentar un informe de las acciones que había realizado para reinstalar al alcalde con licencia. Al respecto, el Legislativo informó que el 31 de mayo estaba programada una reunión para cumplir la sentencia, pero ésta se canceló y se reprogramó para el seis de junio.
El 8 de junio el Tribunal volvió a requerirle al Congreso otro informe en el mismo sentido, por lo que cuatro días después los diputados comunicaron que el 11 de ese mismo mes se había celebrado una reunión de trabajo para “someter el proyecto de dictamen”.
El 14 de junio el Congreso le informó a la Sala Regional que desconocía la fecha en que la Comisión de Asuntos Políticos y de Gobernación aprobaría ese dictamen, pero el martes le notificó que lo hizo ese mismo día, por lo que la reinstalación de Leyva Mena sería agendado en la siguiente sesión que fue convocada ayer.
Al respecto, la Sala Regional insistió en que la sentencia del 24 de mayo debió cumplirse a más tardar el 1 de junio “por lo que resulta evidente que, al no emitir un pronunciamiento al respecto, (el Congreso) no ha cumplido en los términos indicados”.
Advirtió que, pese a que el Congreso le informó al Tribunal que el martes pasado la Comisión de Asuntos Políticos aprobó el dictamen para reinstalar a Leyva Mena, eso no es suficiente para cumplir la sentencia, toda vez que depende de la aprobación del pleno para materializarse.
“De ahí que esta Sala Regional estime que la información y constancias remitidas por el Congreso local son insuficientes para tener por cumplida la Sentencia”, señala.
Además, en el acuerdo del jueves el órgano jurisdiccional les recuerda a los diputados que durante los periodos de receso la Comisión Permanente puede convocar a periodos extraordinarios de sesiones y que las comisiones continúan funcionando, por lo que “el receso del pleno no tiene impacto sobre los trabajos de la Comisión que conozca del asunto”.
Esto en clara respuesta a la postura que mantuvo el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Héctor Vicario Castrejón, en el sentido de que la reinstalación de Leyva Mena no se dio dentro de los siguientes cinco días a que el Congreso fue notificado de la sentencia del 24 de mayo porque había periodo de receso.
“Por lo anterior, al no acreditar el cumplimiento de la sentencia, el Congreso Local retrasa el derecho de la tutela de jurisdiccional efectiva del incidentista reconocido en los artículos 17 de la Constitución, así como 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, señala el TEPJF.
El órgano jurisdiccional recordó que han transcurrido ya 18 días hábiles desde que el Congreso fue notificado de que debía reinstalar a Leyva Mena, por lo que “resulta evidente” que vulnera el ejercicio del derecho del alcalde con licencia a ser votado, en la vertiente de desempeñar el cargo para el que fue electo.
Por todo ello, el Tribunal Federal le ordenó al Legislativo que reincorpore al edil priista en el cargo dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación del acuerdo; y que una vez que lo haga, se lo informe a la Sala Regional en un plazo no mayor a 24 horas.
Finalmente, se advirtió a los diputados que integran la actual legislatura que en caso de incumplir “en tiempo y/o forma”, se les impondrá en lo individual una medida de apremio “y/o corrección disciplinaria” consistente en una multa “que deberá ser pagada de sus propios recursos, de conformidad con lo previsto en los artículos 32 y 33 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral”.