* El órgano jurisdiccional rechazó el recurso de aclaración de sentencia que interpuso el Poder Legislativo y le señaló que “se encuentra obligado” a reincorporarlo en el cargo de presidente municipal

Carlos Navarrete

La Sala Regional de Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedente la aclaración de sentencia que solicitó el Congreso del Estado respecto a la reinstalación de Marco Antonio Leyva Mena en el cargo de presidente municipal de Chilpancingo.
Además, el órgano jurisdiccional reiteró que la reinstalación debió darse de manera inmediata, dentro de los cinco días hábiles posteriores de la notificación que se le hizo al Congreso de esa determinación, plazo que venció el pasado viernes.
El 31 de mayo, en declaraciones a reporteros, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Poder Legislativo, Héctor Vicario Castrejón, informó que no reinstalarían a Leyva Mena con el argumento de que no podían emitir un pronunciamiento de garantizar el ejercicio del cargo, como se lo solicitaba el TEPJF y, en consecuencia, el Legislativo recurrió a un recurso de aclaración de sentencia.
El martes, la Sala Regional sesionó para dar desahogar la petición del Congreso. Al respecto, el órgano jurisdiccional concluyó que es clara la sentencia que emitió el 24 de mayo, por lo que declaró improcedente el recurso promovido por el Legislativo.
“No resulta atendible la solicitud del incidentista, ya que como fue señalado en la Sentencia, se ordenó al Congreso Local reincorporar al actor en su cargo, por tanto, al dejarse sin efectos el Decreto 721 y ordenar emitir ‘el pronunciamiento correspondiente’, resulta evidente que el Congreso Local se encuentra obligado a reincorporar al actor en el cargo de presidente municipal, a través del instrumento que sea idóneo y de acuerdo a las atribuciones conferidas por su normativa”, se lee en el acuerdo aprobado por el órgano jurisdiccional.
Respecto a la vinculación ordenada al Congreso para vigilar y garantizar el cumplimiento de la sentencia, el TEPJF indicó que en la misma quedó establecida que al ser una facultad de los diputados reincorporar a Leyva Mena al cargo, “dicha facultad implica que el incidencista debe realizar —de conformidad con sus atribuciones legales— las acciones que estime convenientes y necesarias para que el actor pueda desempeñar sus funciones en las condiciones que señala la ley”.
El acuerdo fue aprobado por el presidente de la Sala Regional, Armando Maitret Hernández, y los magistrados Héctor Romero Bolaños y María Guadalupe Silva Rojas.
En una breve publicación en redes sociales, Leyva Mena manifestó que “el Congreso de Guerrero no merece estar evidenciándose ante la Nación de esta manera: no acatando la ley y dando largas a la reincorporación. No es solo ofensa, sino burla al pueblo de Chilpancingo, así como el subrayar ante la historia el abuso de poder reinante”.
“No opino más, juzguen ustedes mismos. Al final Colosio tenía razón, tenemos hambre y sed de justicia, pero cuando es la misma autoridad la que evade la ley, ofende e insulta al ciudadano y desacredita a los gobiernos. Al tiempo”, argumentó.