* La asociación de ciudadanos para garantizar seguridad de su comunidad tiene sustento en la Constitución, asegura Fernando Esteban, segundo visitador de esa comisión

 

* Sin embargo, advirtió que su actuación no se puede amparar en la Ley 701 que da sustento a la policía comunitaria en comunidades indígenas

 

 

Alondra García

 

La operación de policías comunitarias en zonas mestizas sí tiene respaldo constitucional y su operación está justificada por la incapacidad del Estado para garantizar la seguridad, indicó Fernando Esteban Ramírez, segundo visitador de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Guerrero (CDHEG).

En entrevista con El Sol de Chilpancingo detalló que estas expresiones ciudadanas para garantizar la seguridad, se amparan en los artículos noveno y décimo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo noveno de la Carta Magna indica que “no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito”.

En tanto que el artículo 16 establece que “cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana”.

Esteban Ramírez recordó que las policías comunitarias surgieron en las comunidades indígenas de las regiones Costa Chica y Montaña, donde los pobladores se rigen por usos y costumbres, bajo el amparo de la Ley 701, el convenio 169 de la OIT, el artículo 14 Constitucional y la Ley de Seguridad Pública 281.

Sin embargo, desde hace tres años comunidades mestizas comenzaron a adoptar el sistema comunitario para labores de seguridad y procuración de justicia.

El segundo visitador de la CDHEG indicó que esta situación se debe a que “la Federación, el gobierno del estado y los municipios no cumplieron cabalmente con la obligación de brindar seguridad pública”.

“Esto no lo digo yo, lo dice la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en la recomendación nueve de este año, donde se establece que las autoridades no han cumplido con esa obligación de garantizar la seguridad pública”, comentó.

Por este motivo, dijo, es que las comunidades mestizas “retoman el modelo de la policía comunitaria, se organizan y comienzan a implementar este sistema de seguridad pública, procuración y administración de justicia”.

De esa manera surgieron expresiones como la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero (UPOEG), con su Sistema de Seguridad y Justicia Ciudadana; así como el Frente Unido por la Seguridad y el Desarrollo del Estado de Guerrero (FUSDEG).

La UPOEG mantiene presencia en las regiones Costa Chica y Centro, en tanto que el FUSDEG opera en Xaltianguis (Acapulco) y las comunidades del corredor que va desde El Ocotito hasta Petaquillas, en Chilpancingo.

Sin embargo, Esteban Ramírez aclaró que ni el FUSDEG ni la UPOEG pueden amparar su operación en la Ley 701 ni en los tratados internacionales, ya que estas legislaciones únicamente salvaguardan a las policías comunitarias en territorios indígenas.

En el caso de las expresiones comunitarias en zonas mestizas, explicó que pueden sujetarse a los artículos 9 y 19 constitucionales.

“El problema que existe en nuestro estado es que, en su momento y ante la incapacidad de las autoridades para garantizar la seguridad pública, los ciudadanos no tuvieron otra alternativa más que organizarse de esta manera para proteger a su familia, sus bienes, sus propiedades”, expuso.

Recordó que en un primer momento las autoridades respaldaron a las policías comunitarias, pero surgieron conflictos cuando éstas comenzaron a cometer excesos y abusos contra la ciudadanía.

Sin embargo, señaló que estas expresiones de seguridad no deben desaparecer. “Nosotros como Comisión Estatal de los Derechos Humanos no podemos decir ‘desaparézcanla’, porque ellos están cumpliendo un fin y la propia sociedad reconoce y tiene mayor confianza en la policía comunitaria que en la propia policía del estado o la federación”, argumentó.

Reconoció que se trata de “un problema muy complejo” y consideró que “no se puede desaparecer de tajo a las policías comunitarias que van surgiendo, porque los ciudadanos fueron obligados por la necesidad de garantizar paz en sus comunidades”.

En cambio, dijo, deben de buscarse mecanismos para que de manera paulatina se regulen y regresen al cauce legal, además de capacitarlas para garantizar el pleno respeto a los derechos humanos.

Destacó que diversos estudios demostraron la efectividad de las policías comunitarias en el combate al crimen.

Por su parte, el tercer visitador de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Román Jaimes Contreras, destacó el reciente proceso electoral efectuado en El Ocotito, donde la ciudadanía eligió a sus consejeros y policías comunitarios.

“Fue un ejercicio democrático inédito en el que incluso se involucró el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC). Fue un ejercicio de mucha participación, se eligieron 111 policías comunitarios y 66 consejeros”, puntualizó en entrevista.

Jaimes Contreras destacó que los pobladores de El Ocotito tuvieron la libertad de elegir a las personas que los van a representar y a cuidar, de manera que pudieron avalar el perfil de sus propios policías a través del voto en las urnas.

Lo que sigue, dijo, es que los comunitarios reciban capacitación de diferentes instancias, como son la Fiscalía General del Estado (FGE), el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y la Comisión Estatal de los Derecho Humanos, para que sus actos sean apegados a derecho.