*Esos elementos serán dados de baja por diversos motivos, informó la unidad de transparencia de esa dependencia
Fernando Hernández Ramos
La Secretaría de Seguridad Pública informó que entre enero y julio de este año, se han iniciado 138 procedimientos administrativos para dar de baja al mismo número de elementos de la Policía Estatal (PE).
De acuerdo con informes que se obtuvieron a través de la Ley de Transparencia del Estado de Guerrero, se conoció que ninguno de los 138 procesos administrativos que se han iniciado en el primer semestre del año ha sido derivado en denuncias ante la Fiscalía General del Estado (FGE).
De acuerdo con el oficio de respuesta 00160616 se informó que los 138 procedimientos administrativos fueron iniciados debido a que los elementos incumplieron con disposiciones consideradas en el Artículo 132 de la Ley 281 de la Secretaría de Seguridad Pública.
En ese ordenamiento jurídico se establecen varios puntos por los cuales los policías estatales podrán ser sujetos de procedimientos administrativos para ser dados de baja de la corporación.
En el documento firmado por la titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la dependencia, Azalia Hernández García, se indica que los policías estatales incurrieron en faltas por más de tres días consecutivos o alternos a su servicio sin causa justificada, en un periodo de 30 días naturales.
Así como por incumplir los principios de la función policial que son: “certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, eficiencia, honradez, el respeto a los derechos humanos y al estado de derecho”.
Además otras de las faltas que fueron elementos para iniciar los procedimientos administrativos, han sido los relacionados con “portar el arma de cargo fuera del servicio, horario, misión o comisión sin autorización de la institución correspondiente; abandonar el servicio nombrado o abstenerse a recibirlo sin causa justificada; distraer de su objeto, para uso propio o ajeno el equipo, elementos materiales o bienes asegurados bajo su custodia o de la corporación”.
También por “introducir a las instalaciones de sus instituciones bebidas embriagantes, sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo cuando sean producto de detenciones, cateos, aseguramientos u otros similares, y que previamente exista la autorización correspondiente”.