David Alejandro Delgado

 

La reforma político-electoral publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Febrero de 2014 contiene entre una de sus novedades, una disposición inédita para el funcionamiento de nuestro sistema político: La reelección legislativa y de Ayuntamientos. Luego de constituir el ancla del funcionamiento del sistema político para mantener la dinámica de la renovación de las elites; prevaleció la idea de que debía haber una mayor vinculación entre el servidor público y el ciudadano; para que éste último revisara el trabajo del primero, con un instrumento capaz de castigar o premiar el desempeño, que es precisamente la reelección.

Veremos funcionar en los próximos años este nuevo elemento; pero para que esto suceda con calidad, es necesario que la función legislativa y de los ayuntamientos sea transparente, de manera que pueda ser revisada por la ciudadanía para ir conformando elementos que razonen su voto en el momento de las elecciones.

La transparencia pasa fundamentalmente por información de calidad disponible hacia la ciudadanía: portales de internet con las actas, acuerdos y resoluciones que toman, así como los informes que rinden; transmisiones de sus sesiones públicas por medio de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación; así como acceso a la información del ejercicio de la función pública, entre otros.

En el caso de los Ayuntamientos debemos construir una nueva cultura política, que empodere al Ayuntamiento, ubicando en su justa dimensión a los Presidentes Municipales. La deliberación y los acuerdos deben ser claramente identificados por los ciudadanos para que conozcan las motivaciones de la toma de decisiones sobre los asuntos de su lugar de residencia.

Pero también hay una tarea pendiente para el Legislador, que tiene que ver con la regulación de la propaganda gubernamental; ya que deberá hacer congruente y clara las candidaturas, precampañas y campañas de servidores públicos buscando la reelección con la disposición del 134 Constitucional que señala que “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.

El tema no es menor, ya antes de la reforma que hizo renacer la reelección, en el momento en que se publicó el párrafo antes descrito de nuestra Constitución el 13 de noviembre de 2007 se estableció en el tercero de los transitorios un plazo máximo de 30 días naturales para que el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones correspondientes a las leyes federales, y en esta materia no lo hizo. Contándose ya 2 mil 994 días de omisión legislativa, llevando ya a cuestas la responsabilidad 4 legislaturas de la cámara de diputados y 2 de senadores.

Pero además en el Decreto que contiene la posibilidad de la reelección del 10 de febrero de 2014, se estableció en el Tercero de los Transitorios que “El Congreso de la Unión deberá expedir, durante el segundo periodo de sesiones ordinarias del segundo año del ejercicio de la LXII Legislatura, la ley que reglamente el párrafo octavo del artículo 134 Constitucional, la que establecerá las normas a que deberán sujetarse los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y de cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno y que garantizará que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de eficacia, economía, transparencia y honradez, así como que respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos”; cabe señalar que la fecha a la que se refiere la redacción, venció el 30 de abril de 2014; por lo que la omisión legislativa en esta segunda oportunidad ya lleva 665 días.

La separación entre el dinero del erario y el correspondiente de los gastos de precampaña y campaña, deben tener una distinción impecable; pero nos tendremos que acostumbrar a ver servidores públicos en precampaña y campaña; ¿cómo será posible que los asuntos en curso de ayuntamientos y congresos no se alteren?, ¿cómo haremos congruentes las precampañas y campañas de servidores públicos con los delitos electorales?, ¿y los actos anticipados de precampaña y campaña? Son temas que no nos han respondido los reeleccionistas.

Sin lugar a dudas, las autoridades administrativas electorales y los Tribunales han comenzado a llenar huecos en algunas de estas omisiones, sin aún tratar el tema de la reelección, pero estamos cerca de que el tema se complique con la muy próxima posibilidad de reelección en 2018 de ayuntamientos y congresos locales actualmente en funciones, en más de la mitad de las entidades federativas del país, entre ellas Guerrero; más aquellas que se van sumando con la sincronía de la concurrencia electoral.

@dadmatiz