David Alejandro Delgado

 

Estamos cercanos al centenario de la promulgación de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la que se ha convertido en el documento jurídico fundamental más longevo de la historia de nuestro País.

Justo en ese contexto y derivado precisamente de una Reforma Constitucional, en estos momentos el Instituto Nacional Electoral organiza la elección de los integrantes de la Asamblea Constituyente, de la cuál emanará la primera Constitución de la Ciudad de México, como ocurrió en cada una de las 31 entidades federativas del país que cuentan con su Constitución desde su formación como tales.

No es menor de que mucho de lo que se discuta en la citada Asamblea Constituyente de la Ciudad de México podría ser reproducido en el resto de las entidades federativas o en nuestra Carta Magna, generando la tentación de formar una nueva Constitución, cuyas implicaciones podrían ser las de integrar un Congreso Constituyente. Quizá esto era relativamente sencillo en otras épocas de nuestra historia patria, pero ahora significa una labor compleja que derivaría necesariamente en un alto costo presupuestal por el proceso electoral que se requeriría.

Por supuesto que se han enarbolado diferentes críticas sobre el contenido de nuestra Constitución, desde argumentos tan simples como el incremento sustancial de palabras con respecto al original de 1917, o complejos como algunos aspectos inconsistentes o con falta de sistematización jurídica; o bien, fundamentales que tienen que ver con contenidos de principios o de cambios de régimen para contemporizar la Constitución a los nuevos tiempos.

Lo cierto es que no se requiere un Constituyente Permanente para hacer cambios integrales y de fondo a nuestra Constitución, ya que el artículo 135 Constitucional establece el propio procedimiento para adicionarla y reformarla, definiendo lo que los teóricos constitucionales denominan como el Constituyente Permanente, el cual está formado por el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados.

Debemos entender que la Constitución es un ente vivo que requiere una constante legitimidad para contemporizar con la sociedad de aplicación, por ello necesita precisamente de la válvula de actualización ya señalada del artículo 135 Constitucional; por lo que a nadie le debe sorprender los cambios que ha tenido y más en un México en el que se ha instaurado un pluralismo en el Congreso de la Unión y en las Legislaturas de los Estados.

Hay quienes aspirarían a un texto más simple como el de la Constitución Norteamericana, en donde el poder de la interpretación y desarrollo se da por medio de los Jueces. La realidad internacional apunta a que este tipo de Constituciones son más la excepción que la regla; otorgándose a la política a través de los Constituyentes Permanentes que radican en la esfera de los Poderes Legislativos de la Federación, quienes detentan esa tarea de mantener la legitimidad constitucional.

Más nos debe preocupar que los Legisladores hagan su tarea con el cuidado responsable y sereno de no generar contradicciones en sus reformas y adiciones constitucionales; la vigilancia sobre ello debe ser una tarea ciudadana, más ahora que en Estados como Guerrero se abre en el 2018 la posibilidad de la reelección de los diputados locales. Quizá si desde la investigación constitucional se observa que hay falta de congruencia entre normas, esa debería ser una tarea indispensable para todos los que tienen una responsabilidad en la materia.

Pero también otro aspecto que debe ser atendido es la positividad de la Constitución. Esto quiere decir que lo establecido en el Texto Constitucional se aplique; por supuesto que en este rubro no es fácil cuando hay reformas de fondo que afectan intereses preestablecidos. Sin embargo, de nada sirve un Estado de Derecho cuando se selecciona arbitrariamente la norma que si se aplique y la que no, produciendo un efecto de desmoronamiento en el valor de la legalidad.

Conectado a la falta de positividad, tiene también que ver con las omisiones, peor aún si se trata de las legislativas; que por falta de un desarrollo de leyes secundarias se retarda la aplicación de una norma constitucional; dificultándola a tropiezos que al calor de las impugnaciones van resolviendo los Tribunales.

También la falta de positividad pasa por el lado presupuestal, ya que de nada sirven las redacciones brillantes de nuestra Constitución si no son acompañadas de una responsabilidad hacendaria realista, esto es, que se cuente con el presupuesto suficiente para ello, y esta es una tarea también de los que integran los Poderes Legislativos.

Celebrar dentro de un año el centenario de la Constitución implica precisamente dignificar nuestra carta magna haciendo cada quien lo que le corresponde.

@dadmatiz